Disposición Nº 677

 

Cañada de Gómez,  16  de febrero  de 2011.

Disposición 677/11.

VISTO:              

La necesidad de atender los problemas de abandono prematuro y de pérdida de regularidad detectados en  estudiantes de Primer Año (aproximadamente el 50% de los inscriptos en 2010); y además,  cumplir con el propósito formativo[1] de abandonar  en los modos de evaluar, el criterio de rendimiento  o de “piedad”,  favoreciendo así,   nuestro vínculo   ético, responsable e inclusivo con los estudiantes en formación.

 

 

CONSIDERANDO:

 Que el régimen de asistencia y promoción  de los planes de estudio en vigencia especifica que la cantidad  y características de los parciales, trabajos prácticos y/o recuperatorios  serán establecidas  por la institución, a través de una disposición avalada por el Consejo Institucional.

Que las  recomendaciones de la Resolución del C.F.E.  Nº 72/08 Anexo II,  son orientadoras  en  sentido de sostener, acompañar y asegurar el proceso de  regularización, cierre y acreditación  de las unidades curriculares de los planes de estudio en vigencia.

Que el anteproyecto de disposición ya fue sometido a consideración, análisis, discusión y aprobación  en el Consejo Académico del Instituto  durante el ciclo académico 2010.

 

El Consejo Académico del Instituto Superior del Profesorado Nº 5 “Perito Francisco Moreno”

 

DISPONE:

 1) Aplicar el siguiente régimen de promoción a partir del ciclo lectivo 2011:

 

Dos (2) Parciales

(Uno por Cuatrimestre).

Con presentación obligatoria.

Un (1) recuperatorio por cuatrimestre.

 

 

Parcial Cuatrimestre 1

 

(del 15 de mayo al  30 de junio)

 

PARCIAL 1:

 

APROBADO

 

NO APROBADO

 

RECUPERATORIO:

 

 RECUPERATORIO APROBADO

 

RECUPERATORIO “OBSERVADO”

(40 o 50% de los contenidos  aprobados).

 

RECUPERATORIO NO APROBADO

(El estudiante no se presenta  o  no reúne el mínimo de contenidos aprobados).

 

 

Con el Recuperatorio del Parcial 1 OBSERVADO, el estudiante:

A) No pierde la regularidad.

B) No accede a la promoción directa del espacio  curricular.

 

El docente podrá implementar los medios que considere necesarios  para recuperar los aspectos no aprobados (Ej: Un trabajo práctico).

 

Parcial Cuatrimestre 2

 

(del 1 al 30 de octubre)

 

PARCIAL 2:

 

APROBADO

 

NO APROBADO

 

RECUPERATORIO:

 

RECUPERATORIO APROBADO

 

RECUPERATORIO NO APROBADO

(El estudiante no regulariza el espacio curricular).

 

 

 

 

 

2) Hágase saber.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


[1] Ver en El Arte de vivir juntos en la Formación Docente (Quinto propósito formativo).